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Discapacidad: trámites para su valoración y reconocimiento

En otra entrada de esta web dimos algunas pautas sobre qué es la dependencia y cómo podemos solicitar su valoración. Hoy, queremos explicar en qué consiste la discapacidad, ya que no es exactamente lo mismo y sobre todo, requiere de otro trámite para su valoración y reconocimiento.


Una persona puede tener un reconocimiento de grado de discapacidad si cuenta con una discapacidad física, mental, intelectual o trastorno del desarrollo, sensorial, enfermedad rara u otras. Para su reconocimiento se requiere solicitar una valoración inicial en primer lugar. Una vez obtenido, se puede solicitar su revisión o actualización de datos. 


Para presentar la documentación se puede tramitar de forma presencial (en el Centro Base de la Comunidad de Madrid, y en las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid) o de forma telemática en el siguiente enlace:



Una vez comprobado que la documentación que acompaña a la solicitud es completa, se citará al interesado/a en el Centro Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad que le corresponda por su lugar de residencia o en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), en el caso de los menores de 0 a 6 años.


De forma general, la evaluación se realiza presencialmente. En circunstancias especiales, es posible realizar la evaluación en modalidad no presencial:


a) Cuando la persona interesada se encuentra inmovilizada o se constate una situación sociosanitaria que desaconseje su traslado al centro de valoración.

b) Cuando las circunstancias ambientales o epidemiológicas dificulten o desaconsejen la movilidad de la ciudadanía.

c) En pacientes inmunodeprimidos o en tratamiento inmunosupresor, cuya situación desaconseje su traslado.

d) Personas institucionalizadas en las que se desaconseje su traslado.

e) Cuando la documentación que conste en el expediente o que esté disponible en los sistemas de información de los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporten información objetiva y suficiente para realizar la valoración y, en su caso la revisión, y se estime que la cita presencial no va a aportar una información relevante que pueda modificar la valoración de la discapacidad.


El reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33% permite ejercer los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y acceder a distintos beneficios, prestaciones y servicios.


Se puede consultar el siguiente documento para conocer los beneficios o utilidades del reconocimiento del grado de discapacidad:



De igual manera, también puedes inscribirte en nuestro programa a través del número gratuito 900 10 19 14, y nuestras compañeras podrán asesorarte dentro de la atención individual que ofrecemos.

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